Los artistas tendrn una prestacin de desempleo de 600 euros durante cuatro meses si han cotizado 2 meses en ao y medio

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El nuevo Estatuto del Artista afecta a 70.000 afiliados encuadrados actualmente como artistas tanto en el Régimen General como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

Yolanda Daz, Isabel Rodrguez and Teresa Ribera tras la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros este martes.EFE

El sector cultural ha visto cumplida este martes una de sus reclamaciones históricas, contar con una prestación especial por desempleo para sus trabajadores como poder hacer compatible al 100% la pensión de júbilo con la actividad artística.

En términos concretos, los beneficiarios pueden acceder a esta prestación especial acreditando 60 das cotizados por prestacin real de servicios en la actividad artstica en los ltimos 18 meses, segn han informado los ministerios de Cultura y Trabajo y Economa Social.

Tambin podrn solicitarla los que acreditan 180 das de alta en Seguridad Social por prestacin real de servicios en la actividad artstica o regularizaciones anuales y realizaciones en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación previamente.

Los trabajadores, además, no deben tener derecho a una prestación contributiva ordinaria, aunque en el caso de que la prestación especial sea más beneficiosa que una prestación previa, pendiente de reanudar, s podrán optar por recibir la nueva prestación particular.

Respecto a la duración de la prestación, sta es de cuatro meses y est dotada con una cuanta del 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para las cotizaciones que superen el umbral de 61 euros. Por debajo de ese nivel correspondiente a una prestación del 80% del IPREM.

La prestación es compatible con la percepción de derechos de propiedad intelectual e imagen.

El Real Decreto-ley aprobado este martes incluye también distintas medidas para que la protección social de los artistas se adecue a las características de sus profesiones. As, se amplía la compatibilidad del 100% de la junta de júbilo con la actividad artísticatambin para las clases pasivas.

Hasta ahora, esa compatibilidad slo alcanzaba a actividades que generaban derechos de propiedad intelectual ya de la entrada en vigor de esta norma, tambin se aplicar a actividades conexas (por ejemplo, una conferencia asociada a la presentacin de un libro, y no slo a los derechos de propiedad de la obra).

Además, la compatibilidad se extiende a más de todos los artistas, intérpretes o ejecutantes de las artes. escénicas, audiovisuales o musicalesalcanzando también a los profesionales que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias.

Los beneficiarios de una pensin no contributiva podrn tambin compatibilizarla con rendimientos de su actividad artstica, siempre que no superen el umbral del Salario Mínimo Interprofesional.

Se regula también la cotización de los pensionistas cuando realicen actividades artísticas, que sean únicamente por contingencias profesionales, con una cotización especial de solidaridad del 9% de contingencias comunes.

Y, para los artistas autónomos de bajos ingresos (iguales o superiores a 3.000 euros anuales), la norma incorporó una cotización reducida: en 2023 se fijará un coste básico para todos de 526,14 euros, lo que supone un coste mensual de 161 euros. La base se actualiza en los siguientes.

Asimismo, respecto de la irregularidad de muchas de las actividades de este colectivo (y, por tanto, de los ingresos que generan) abre la posibilidad de solicitud del interesado de que el plazo de ingreso de las cuotas trimestrales maren pago mensual.

Unas medidas stas que tienen el potencial de alcanzar tiene 70.000 suscriptores encuadrados actualmente como artistas tanto en el Rgimen General como en el Rgimen Especial de Trabajadores Autnomos.

intermitencia

El Consejo de Ministros ha acordado la creación de dos grupos de trabajo, uno que estudiar e impulsar medidas de reconocimiento de la intermitencia en el ámbito laboral y de la Seguridad Social de los artistas y trabajadores autónomos de la cultura; y otro que tiene como objetivo impulsar la evaluación y el reconocimiento de determinadas enfermedades profesionales derivadas de las actividades específicas en el sector cultural

El nuevo texto ha sido aprobado esta mañana a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social; el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el Ministerio de Cultura y Deporte.

«Hoy es un da muy especial, hay muy pocos pases que cuenten con esta proteccin y Espaa da un paso adelante, hasta el ltimo da de la legislatura vamos a conquistar derechos, somos el gobierno de los trabajadores y trabajadoras de la cultura», con estas palabras la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha anunciado la aprobación en el Consejo de Ministros estas medidas incluidas en el Estado del artista y que reforma el Real Decreto de 1985.

«El Gobierno está comprometido con todo el pas, pero sobre todo con quien más lo necesita, a veces cuando pensamos en la cultura pensamos en las grandes personalidades y posiblemente pensamos que no tienen dificultades económicas, pues bien, el gobierno de España piensa en un sector cultura que no es y que tiene enormes vulnerabilidades y que necesita mucha protección», ha matizado Daz.

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By Orencio Batista

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