De Reyal Urbis a Paz Vega y Dani Alves: Hacienda tiene cuatro meses para revisar la lista de morosos | Economía

El Tribunal Supremo se ha pronunciado por primera vez sobre el alcance de la famosa lista de morosos de Hacienda, una clasificación que publica el ministerio desde 2015 para señalar a sus principales deudores. El Alto Tribunal rompió este martes los esquemas que venían utilizando la clasificación al confirman en cuatro frases que solo se pueden incluir en ella a los morosos con deudas firmes. Por ello, el ministerio está estudiando los fallos para así tomar las decisiones oportunas. En el caso de optar por seguir publicando la lista, algo que debería suceder en junio, Hacienda tendrá cuatro meses para actualizar el borrador y adecuarlo a la nueva jurisprudencia, ya que los datos de los que dispone a día de hoy ofrecemos una foto fija de diciembre 2022antes de que el Supremo se pronuncie.

Al publicar el listado a mitad de año, Hacienda coge la información del cierre del ejercicio anterior. Eso significa, explican las fuentes jurídicas consultadas, que el método tradicional, y que iba a dar forma a la próxima clasificación, ha quedado desfasado. Así, añade, el ministerio tendrá que trabajar contra reloj para actualizar sus procedimientos y ajustarlos al fallo del Supremo, algo que llevará “mucho trabajo” y que “reducirá significativamente” el número oficial de deudores.

En la última lista se contabilizaron más de 7.000 lúgubres potenciales, entre cifras confusas como la del exfutbolista Samuel Eto’o (981.000 euros), la presentadora Patricia Conde (algo más de un millón), el técnico Agapito García (15 millones) o la actriz Paz Vega (unos tres millones). También estaban empresas habitacionales como Reyal Urbis o Polaris World, con varios cientos de millones cada una.

Si antes a Hacienda el bastaba el criterio de exigibilidad para dar formado a la clasificación, ahora regirá uno de firmeza. «Como muchos de los que figuran en la lista están en un proceso contencioso o recurrente, tendrán que salir de la lista», recalcant estas fuentes, que aseguran que la relación de números se reducirá considerablemente.

Por el momento, Hacienda pide tiempo para analizar las oraciones. Por su parte, Gestha, el sindicato de técnicos del ministerio, reduce el alcance del fallo y asegura que solo afectará a quienes tendrán deudas recurrentes tributarias y no habrán solicitado la suspensión de l’procedimiento recaudatorio, por lo general por no poder aportar garantías suficientes.

Entre las consecuencias más directas del reciente pronunciamiento del Alto Tribunal, los juristas aconsejan que el legislador deberá cambiar cuanto antes el artículo 95 bis de la Ley General Tributaria, que regula la publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias, para introducir el requisito de firmza. «La doctrina jurídica que establece ahora el Tribunal Supremo en estas cuatro sentencias obligará a modificar de manera relevante la regulación del conocido como listado de morosos», ya que podrán aparecer «únicamente las deudas y sanciones a las firmas (no recurridas ni confirmadas por resolución o sentencia definitiva)”, comentó José Manuel Carro, gerente senior del área de Litigios Fiscales de KPMG Abogados.

Así lo opina también Fernando Vicente, socio de litigio tributario de EY abogados, que añade que la nueva jurisprudencia del Supremo permitirá hacer una interpretación más «compatible» del listado de morosos con el derecho al honor, a la intimidad ya la propia imagenprotegido por la Constitución española.

Por otro lado, Jorge Álvarez, socio de Derecho Público de Ontier, cree que las resoluciones del Alto Tribunal tendrán un gran impacto en la lista cercana, aunque ve dificil cuantificar los casos que quedaran fuera de la misma. Este abogado, uno de los que ha logrado el vuelco en el funcionamiento del famoso listado, recalca que, aunque el deudor no comunique a la Agencia Tributaria que ha impugnado la reclamación, ya sea por vía administrativa ojudiciaire, Hacienda «no le puede incluir» Porque tiene los medios necesarios para conocer los pleitos en trámite.

A la espera del cambio legal

En 2021, el Ministerio de Hacienda de María Jesús Montero actualizó el método que venía utilizando el listado de morosos y rebajó el umbral necesario para aparecer en él a los 600.000 euros, desde el millón que había fijado el extitular del ramo, Cristóbal Montoro. También se incluye en la clasificación a los deudores solidarios, que antes aparecían únicamente los principales. Ahora, tras el fallo del Supremo, Hacienda tendrá que comparar estos requisitos con las deudas que hayan adquirido en firmeza.

Las fuentes jurídicas consultadas aseveran que la caída reducirá notablemente el volumen de desodorantes y ralentizará la capacidad del listado para presionar a los morosos. Estas fuentes sostienen que la clasificación ha sido utilizada desde su creación como «escarnio publico». En un documento reciente de Hacienda para valorar el cambio de criterio, el ministerio reconoció que el listado promovido que los deudores regularicen espontánemente la situación tributaria para “avoitar el descredito social y la pérdida de prestigio profesional (ante sus propios deudores, acreedores, financiadores, proveedores o clientes) que suponen aparecer en este tipo de barriletes”.

By Orencio Batista

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