abril 29, 2024

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por Ganancias les obtuvieron a descontar el 31.5% aunque el haber es inferior al mínimo

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La semana pasada la Corte Suprema confirmó que no se debe aplicar retención por Impuesto a las Ganancias a los jubilados. Los terrenos de la Anses.

From enero of this year a una gran cantidad de jubilados que viven incluso hace años en el exterior les consiguió a descontar el Impuesto a las Gananciasal margen del monto del haber e inclusive si se percibe el haber mínimo o menos.

Asi mientras la semana pasada la Corte Suprema confirmo un fallo de la Sala II de la Camara de la Seguridad Social que exima a las jubilaciones y pensiones del pago de Ganancias, muchos jubilados que resident en el exterior se comunicaon con Clarín sorprendidos porque en sus recibos de haberes aparecieron por primera vez el concepto «impuesto a las Ganancias, residentes».

Por ejemplo, una jubilada residente hace años en Francia con una jubilación de apenas $ 22.473,27 le retuvo por Ganancias $ 7.079,08. El descuento equivale al 31,5% del haber total, equivalente al 90% de la tasa máxima del impuesto (35%), sin piso ni mínimo no imponible.

«Dado que no hay modificaciones normativas en los últimos tiempos, comprenda que el cambio obedece a un cruce de datos por parte del agente de retención (ANSES) que le permite determine con mayor certeza quiénes residen en el exterior para aplicar el mecanismo de retención”, el dijo tiene Clarín titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, Gabriela Russo. Y agregado: «el organismo de previsión informa en su sitio web que se encuentra en cuenta el domicilio declarado por el interesado en «Mi ANSES», pero esta no es la única fuente de información, porque qu’a de 2022 también reactiva el trámite de fe de vida cada 6 meses vía Consulado”.

Russo afirmó que la ley del Impuesto a las Ganancias 20.628, artículo 104 señala que “cuando se paguen a beneficiarios del exterior se presumirá ganancia neta, sin admitirse prueba en contrario” por el 90% de las sumas pagadas.

Asi, dos jubilados, uno residente en Argentina y otro en el exterior que trabajaron y aportaron por igual, con la legislacion vigente tendran una carga tributaria diferente. Es que si mantiene la condición de residente en el exterior, tendrá un impuesto más grave.

“Cabe destacar que por aplicación de los convenios firmados con Australia, España, Francia, Reino Unido y Suiza est à los residentes en el exterior de pagar el impuesto a las Ganancias en Argentina. En estos casos, deberá acreditarlo mediante un trámite virtual disponible en la página web de la ANSeS”, especifica Russo.

El abogado pronosticador Rodrigo Martul Sainz también declaró que “no importa cual fuere el monto de la jubilation o el regimen por el que se jubiló. Quienes en las bases de ANSES figuran con domicilio en el extranjero tienen un descuento como aporte al PAMI (código 318) y con el código 302 retención de Ganancias que resulta ser del 31.5% del haber neto”.

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